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La normativa que regula el ejercicio de la actividad cinegética en el País Vasco es la siguiente:
  • Convenio relativo a la protección de pájaros útiles a la agricultura, hecho en París el 9 de Enero de 1.954.
  • Convenio relativo a humedales de importancia internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas, de 2 de Febrero de 1.971.
  • Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). Hecho en Washington el 3 de Marzo de 1.973.
  • Convenio sobre la Conservación de Especies Migratorias. Hecho en Bonn el 23 de Junio de 1.979.
  • Convenio relativo a la Conservación de la vida silvestre y del medio natural en Europa. Hecho en Berna el 19 de Septiembre de 1.979.
  • Directiva 79/409/CEE de 2 de Abril de 1.979 relativa a la Conservación de las Aves Silvestres.
  • Reglamento 3626/82 de 3 de Diciembre de 1982 relativo a la aplicación en la Comunidad del Convenio sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres.
  • Recomendación 85/17, de 23 de Febrero relativa a la formación de los cazadores.
  • Resolución 87/882 de 1 de Julio relativa a la importancia de la caza para las regiones rurales de Europa.
  • Reglamento nº 3254/91 del Consejo de 4 de Noviembre de 1.991 por el que se prohibe el uso de cepos en la Comunidad y la introducción en la Comunidad de pieles y productos manufacturados de determinadas especies animales salvajes originarias de países que utilizan para su captura cepos o métodos no conformes a las normas internacionales de captura no cruel.
  • Directiva 91/477/CEE relativa al control de la adquisición y tenencia de armas.
  • Directiva 92/43/CEE de 21 de Mayo de 1.992 relativa a la conservación de los hábitats naturalesy de la flora y fauna silvestres.
  • Directiva 92/45/CEE sobre normas de sanidad e higiene en el transporte de carne.
  • Directiva 92/118/CEE sobre medidas sanitarias aplicables a los intercambios e importaciones de productos. Anexo 13 sobre trofeos de caza.
 


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