REGLAMENTO
CAZA MENOR CON PERRO
CAPITULO
I –GENERALIDADES
Art.1º
OBJETO DEL CAMPEONATO
El campeonato de España de “Caza Menor
con Perro”, es una prueba deportiva de ámbito
nacional que tiene por objeto premiar y distinguir al
cazador federado, afiliado a una Asociación de
Cazadores, que demuestre mejores condiciones físicas
y habilidad cinegética para capturar especies
de caza menor, adaptándose a la normativa de
este reglamento y a las normas concordantes que emita
la Federación Española de Caza para cada
temporada. La organización del campeonato de
España de Caza Menor con Perro en sus dos fases
de semifinal y final corresponde a la Federación
Española de Caza como único órgano
competente para su regulación.
Este campeonato se disputará cada año
entre aquellos cazadores que hayan sido seleccionados
por las Federaciones Autonómicas en número
que se señalará por la Federación
Española, en las normas de cada temporada.
CAPITULO
II -NIVELES DE LAS PRUEBAS
Art.2º
TIPOS DE PRUEBAS
El campeonato de España de Caza Menor con Perro
comprende cuatro niveles: Social, Provincial, Autonómico
y de España. Este ultimo nivel dispondrá
de dos fases denominadas Semifinal y Final.
Las diferentes pruebas del campeonato se regularán
con arreglo a este reglamento y a las normas concordantes
que cada año emita la F.E.C., para las fases
semifinal y final y cada federación Autonómica
para las competiciones de nivel social, provincial y
autonómico dentro del ámbito de sus competencias.
La Comisión Federativa de Caza Menor será
la encargada de elaborar las normas reguladoras de cada
temporada y de darlas a conocer antes del 1º de
octubre de cada año. Las Federaciones Autonómicas
organizarán, con arreglo a este Reglamento, las
pruebas con carácter social, provincial y autonómico,
a través de sí mismas, de sus delegaciones
provinciales y de las sociedades.
Las pruebas de cada nivel tendrán carácter
selectivo otorgándose al vencedor el título
de Campeón de la prueba que podrá defender
en la edición siguiente. La entidad organizadora
tomará una póliza de seguro para cubrir
la responsabilidad por daños que pudiera incurrir
como tal organizadora.
Art.
3º CAMPEONATOS SOCIALES
Esta prueba se organiza por cada sociedad federada de
cazadores entre los socios que reúnan los requisitos
que más adelante se determinan. En este nivel
social se seleccionarán el número de cazadores
que cada Delegación Provincial determine para
participar en el campeonato Provincial. El campeón,
si se ha proclamado con prueba en campo, defenderá
su titulo en la siguiente edición.
Las
sociedades podrán seleccionar a sus representantes
para el Campeonato Provincial mediante mayoría
de la Asamblea General, o de Junta Directiva.
Tanto si se hace con prueba de campo, como por acuerdo
antes mencionado, se levantará al acta correspondiente
que será enviada a la Delegación Provincial
dentro de las fechas que ésta determine.
Art.
4º CAMPEONATOS PROVINCIALES
Esta prueba selectiva se disputará entre aquellos
cazadores que consten como seleccionados en la correspondiente
acta de su sociedad y reúnan los requisitos que
más adelante se determinan, además de
los específicos que la Delegación Provincial
exija de acuerdo con la legislación cinegética
vigente para realizar el ejercicio de la caza de esa
provincia. Los Campeonatos Provinciales, se realizarán
con prueba en campo, organizados por la Delegación
Provincial y se desarrollarán de acuerdo con
este Reglamento, entre los representantes de las sociedades
en esa prueba. El primer clasificado ostentará
el título de Campeón Provincial desde
la fecha de esta prueba hasta el siguiente Campeonato
Provincial que se celebre, donde podrá defender
su título. De esta prueba se levantará
el acta correspondiente, con relación de participantes
y resultado clasificatorio, que será enviada
a su Federación Autonómica dentro de las
fechas que ésta determine.
Art.
5º CAMPEONATOS AUTONÓMICOS
Este campeonato se organizará por cada Federación
Autonómica mediante prueba en campo, entre los
representantes de las provincias que reúnan los
requisitos que más adelante se determinan además
de los específicos que la Federación Autonómica
exija.
El
Campeonato Autonómico tiene por objeto seleccionar
a los cazadores que han de participar en la fase siguiente
en representación de esa autonomía y en
el número que las normas de la Federación
Española de Caza determinen. Se realizará
de acuerdo con este Reglamento y las normas de regulación
emitidas por la Federación Autonómica,
entre los representantes de cada provincia, que consten
como seleccionados en el acta provincial correspondiente,
El primer clasificado ostentará el título
de Campeón Autonómico desde la fecha de
esta prueba hasta el siguiente Campeonato Autonómico
que se celebre, donde podrá defender su título.
Las Federaciones Autonómicas uniprovinciales
podrán realizar los campeonatos provincial y
autonómico en una prueba única. De esta
prueba se levantará el acta correspondiente con
relación de participantes y resultado, que será
enviada a la Federación Española, siendo
ésta el único documento de inscripción
de los seleccionados por esa autonomía en la
fase siguiente. Además del acta, se adjuntaran
fotocopia compulsada por la propia Federación,
de los documentos que más adelante se determinan
y cuyos originales portará el cazador el día
de la prueba.
Art.
6º CAMPEONATO DE ESPAÑA (Fase Semifinal)
La Federación Española de Caza, a través
de la autonomía que se designe por la misma,
organizará esta fase del Campeonato de España
con objeto de seleccionar a los cazadores que participarán
en la Fase Final del Campeonato de España.
Esta fase Semifinal se realizará de acuerdo con
este reglamento mediante prueba en campo entre los cazadores
seleccionados por cada autonomía, en número
de participantes igual a su número de provincias
y que reúnan los requisitos que más adelante
se determinan.
Las fases semifinales se realizarán agrupando
las Autonomías de la forma que las normas de
cada año determinen. El primer clasificado de
cada Semifinal podrán participar en la misma
fase de la edición siguiente, con relación
de participantes y resultado que será enviada
a la Federación Española y será
el único documento de inscripción de los
seleccionados en la fase final del Campeonato de España.
Art.
7º FINAL CAMPEONATO DE ESPAÑA
Este Campeonato organizado por la Federación
Española de Caza tiene por objeto seleccionar,
mediante prueba en campo, al cazador nacional más
cualificado de acuerdo con este Reglamento. En el Campeonato
de España participarán los cazadores que
reúnan los requisitos que se determinan en el
artículo siguiente y se hayan seleccionado en
la fase semifinal, además del Campeón
de España de la edición anterior que defenderá
su título. Recibirá el título de
Campeón de España de Caza Menor con Perro,
el concursante que haya obtenido mayor número
de puntos de acuerdo con las normas que más adelante
se determinan. Al Campeón de España le
será entregada una copa y un diploma y a la Sociedad
de Cazadores a la que pertenezca una placa conmemorativa.
El Campeón recibirá un distintivo para
su perro. El cazador Subcampeón recibirá
los mismos distintivos que el campeón. El jurado
de la prueba levantará un acta con relación
de participantes, clasificación e incidencias.
CAPITULO
III -BASES Y REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Art.8º DEL CAZADOR
En cada una de las 5 pruebas de que consta
el Campeonato de España de Caza Menor con Perro,
los cazadores participarán cumpliendo los siguientes
requisitos:
a) Pertenecer con plenitud de derechos a alguna sociedad
federada de cazadores según certificado acreditativo
emitido por la misma.
b) Haber sido seleccionado por cada prueba y constar
como tal en el acta correspondiente.
c) Portar los documentos en vigor exigidos por la Administración
correspondiente para practicar la caza en el término
donde se celebra la prueba.
d) Tener licencia federativa en vigor.
e) Disponer de Seguro VOLUNTARIO de Daños a Terceros
con la cobertura mínima que cada año determinen
las normas de la RFEC.
f) Disponer de aptitud física suficiente, para
participar en estas pruebas deportivas, acreditada mediante
certificado médico oficial.
g) No estar inhabilitado por resolución disciplinaria
firme.
h) Utilizar cartuchería permitida y escopeta
reglamentaria con los dispositivos exigidos para el
Campeonato.
i) Portar durante la prueba los distintivos que la organización
determine.
j) Presentarse al Campeonato por una única sociedad
de cazadores.
k) Conocer y aceptar este Reglamento y cuantas normas
concordantes emitidas por el órgano competente
afecten a la prueba. A tal efecto le será entregado
un ejemplar del mismo en las pruebas sociales. Serán
eliminados los competidores que no cumplan estos requisitos.
Art.
9º DEL PERRO
Los cazadores acreditarán las condiciones sanitarias
del perro y su inscripción en el L.O.F.E.C. No
se permitirá la participación de perras
en celo, con muestras ostensibles de enfermedad o de
no haber sido desparasitados. En el caso de cambiar
de perro durante la prueba, el nuevo a utilizar dispondrá
de los condicionantes señalados anteriormente.
CAPÍTULO
IV -CARACTERÍSTICAS DE LAS PRUEBAS
Art.10º TERRENOS
Las pruebas de campo se desarrollarán sobre terrenos
donde esté permitida la actividad cinegética
de caza menor.
La
competición se adaptará a este Reglamento
y a las limitaciones del Plan de Aprovechamiento Cinegético
del terreno.
La
superficie de los terrenos donde se realice cada prueba
estará comprendida entre un mínimo de
100 Has. y un máximo de 300 Has. por cazador
participante, excepto en Campeonatos Sociales, Provinciales
y Autonómicos donde podrá ser menor, ya
que de los mismos es responsable la Federación
Autonómica respectiva, que lo realiza con su
propia reglamentación.
La
designación de los terrenos de las pruebas se
hará por la entidad organizadora que elegirá
una zona continua de terreno para el desarrollo de la
prueba.
Los
terrenos de cada campeonato estarán debidamente
señalizados en sus límites y serán
enseñados por la organización a participantes
y jueces antes del comienzo de la competición.
La organización dispondrá de la autorización
escrita del titular de los derechos cinegéticos
del terreno, siempre que este extremo se considere necesario
para el ejercicio de la caza en la zona de competición.
Los
terrenos no podrán ser visitados por los competidores
los tres días anteriores a la celebración
de la prueba.
Art.
11º ARMAS Y MUNICIONES
Durante cada prueba el cazador utilizará una
sola arma reglamentaria, que podrá cambiar por
otra ante el Juez de Campo y el Jurado de la Prueba.
Las armas a utilizar dispondrán de los dispositivos
exigidos para el campeonato. Cada competidor dispondrá
de la cartuchería reglamentaria para caza menor
de la que se aprovisionará por completo al inicio
de la prueba. En ninguna prueba podrán dispararse
más de 30 cartuchos. No podrá portarse
otro tipo de cartuchos para el Campeonato que los autorizados
por la normativa vigente. El arma no podrá contener
más de dos cartuchos en total.
Art.
12º DURACIÓN
La duración de las pruebas será de 6 horas
desde la salida hasta la entrada en el Control. Excepcionalmente
la organización por causa justificada podrá
disminuir el tiempo, hasta un mínimo de 4 horas.
No obstante se permitirá la clasificación
de cazadores que lleguen hasta 15 minutos después
de la hora marcada por la organización, penalizándose
esta demora con las puntuaciones negativas que más
adelante se determinan. Cada participante podrá
utilizar el tiempo que desee dentro del marcado por
la organización, no pudiendo entrar en el control
una hora antes de la fijada para el final de la prueba
en los campeonatos que el tiempo total sean 4 horas,
y de dos horas antes para los campeonatos que se realicen
a seis horas totales. En todo caso, se considerará
como finalizada la prueba para el participante que sea
descalificado definitivamente por el Jurado de Competición,
mediante justificación escrita de las causas
que lo motivan. También se considerará
finalizada la prueba de cualquier participante que se
acerque a un radio de 250 m. Debidamente señalizado,
al control, siempre que esta situación no corresponda
a algunos de los supuestos contemplados en este reglamento.
Art.
13º ESPECIES CINEGETICAS
Las capturas en cuanto a especie y número estarán
condicionadas por el Plan de Aprovechamiento Cinegético
del terreno, dentro de las que más adelante se
mencionan. En todo caso, las normas del campeonato aclararán
debidamente este extremo. Los campeonatos se harán
sobre especies salvajes. En determinadas circunstancias,
podrá reforzarse el campo con especies de granja.
Sólo se contabilizarán como puntuables
las especies salvajes objeto del campeonato y en su
caso, en los sociales, provinciales y autonómicos,
las de granja que porten el distintivo numerado que
la organización las haya marcado antes de la
suelta. Para la contabilización e inspección
de las especies capturadas, en cada campeonato, se contará
con la presencia de un JURADO TÉCNICO, experto
en especies cinegéticas, que determinará
el salvajismo o no, de cada pieza capturada y de cuyo
extremo informará por escrito al Jurado de Competición
y al participante afecto. No computarán como
válidas para puntuación las especies que
no sean salvajes, o no dispongan de anilla numerada
reglamentaria si se trata de pruebas sociales, provinciales
y autonómicas. Durante cada prueba se considerarán
especies objeto del campeonato algunas, o todas de las
que a continuación se relacionan pudiendo cada
cazador capturar durante su intervención hasta
el máximo que se indica:
ESPECIES
CAPTURAS MÁXIMAS POR CAZADOR
1) Perdiz (Alectoris rufa)...................................................
QUINCE
2) Becada (Scolopax rusticola)..........................................
-
3) Ánsar común (Anser Anser)..........................................
-
4) Zorro (Vulpes vulpes)...................................................
-
5) Liebre (Lepus capensis)................................................
DOS
6) Conejo (Oryctolagus cuniculos)...................................
-
7) Agachadizas (Gallinago gallinado)
(Lymnocriptes minima)................................................
-
8) Ánade real (Anas platyrhynchos).................................
-
9) Faisán (Phasianus colchicus)........................................
-
10) Avefría (Vanellus vanellus).........................................
-
11) Paloma torcaz (Columba palumbus)............................
-
12) Paloma bravía (Columba livia)....................................
-
13) Tórtola común (Streptopelia turtu)..............................
-
14) Codorniz (Coturnix coturnix)......................................
-
15) Paloma zurita (Columba oenas)...................................
-
Las
especies no cuantificadas se podrán capturar
hasta un máximo igual al número de cartuchos
permitidos en la prueba.
Será
descalificado provisionalmente por el Juez de Campo
el cazador que:
a) Dispare sobre una especie de pelo que no esté
en movimiento (encamada) o sobre un ave que no esté
en vuelo, excepto para cobrar una pieza previamente
herida por disparo del propio cazador.
b) Capture por disparo mayor número de piezas
computables de las indicadas. c) Dispare sobre una especie
protegida, o prohibida para ese campeonato en concreto.
En los tres casos descalificatorios el Juez de Campo
deberá:
1. Anotar en la hoja la especie y el número de
ellas.
2. Recoger la/s pieza/s, que entregará al Jurado
de Competición.
3. Comunicar al competidor el cese de la actividad de
cazar.
Art.
14º DESARROLLO Y ORGANIZACIÓN
Conocidas las especies permitidas en la prueba, de las
relacionadas en el artículo anterior, el número
de cartuchos a utilizar y las normas específicas
del Campeonato, la Organización dará a
conocer a todos los participantes la composición
del Jurado de Competición, la del Jurado Técnico
y el nombre del Director del Campeonato.
Los
participantes en cada prueba estarán a disposición
de la Organización en el lugar, día y
hora que las normas reguladoras determinen, provistos
de los documentos y medios necesarios para actuar en
la competición.
Se
dará la salida mediante disparo no pudiendo los
participantes cargar el arma hasta haberse superado
la zona neutra de 250 m. Alrededor del control. Comenzada
la prueba no se permitirá la incorporación
de ningún participante a no ser que el Jurado
de Competición en un caso extraordinario justificado
considere lo contrario.
La
Organización del Campeonato señalizará
con banderas la zona neutra alrededor del control y
habilitará el lugar para facilitar el acceso
de los participantes hasta la mesa del Jurado de Competición,
sin sufrir interrupciones por parte de los espectadores.
Se dispondrán bolsas contenedoras para guardar
las piezas de cada participante hasta que se dé
la clasificación definitiva.
La
Organización pondrá en marcha los procedimientos
restrictivos y de vigilancia suficientes para evitar
el trasiego de espectadores a pie o en vehículos
por la zona de competición.
Para visitar la zona de competición por los espectadores
se podrá disponer por la organización
de algún vehículo, para este fin.
Igualmente
dispondrá de vehículos debidamente identificados
para atender las necesidades de movimiento de la propia
organización y de la prensa.
Se
establecerá asimismo una red de comunicación
entre el Jurado de Competición, los vigilantes
de seguridad del campo y los Jueces de Campo.
En
el Control se dispondrá de pizarra donde se irán
anotando los disparos y capturas de cada participante
a medida que se reciba el mensaje de los jueces.
A
la llegada al control el Juez de Campo entregará
la ficha de control al Jurado Técnico y presenciará
junto al cazador la inspección de las piezas
entregadas, informando a ese jurado sobre cuantos asuntos
se le soliciten.
El
Jurado Técnico anotará sobre la ficha
de control la computabilización o no, de cada
una de las piezas entregadas, pasando la ficha, debidamente
firmada, al Jurado de Competición que irá
anotando las puntuaciones correspondientes en el acta
de la prueba.
Transcurrido
el tiempo de competición el Director del Campeonato
leerá a los presentes el resultado provisional
de la prueba comenzando por el último clasificado
y finalizando con el campeón.
Se
concederán veinte minutos para presentar cualquier
impugnación por escrito. Transcurrido este tiempo,
la clasificación se considerará definitiva
y se levantará el acta del campeonato.
Durante
la competición los participantes estarán
sujetos a las normas y condiciones siguientes:
a) Cazar el salto, dentro de la zona marcada para la
competición, de forma individual y sin colocarse
en ningún caso en manos de otros competidores.
b) Cazar con un solo perro, pudiendo cambiarlo por otro
en el control, siempre que previamente haya informado
de su disposición al Jurado de Competición.
c) Portar durante toda la prueba las piezas abatidas
y cobradas, susceptibles de puntuación, que presentará
en su totalidad al Jurado de Competición, siempre
en presencia del Juez y dentro del tiempo establecido.
Se exceptúa el zorro del que presentará
únicamente el rabo.
d) Utilizar únicamente un arma reglamentaria
para cazar.
e) Llevar consigo toda la munición a utilizar
en la prueba.
f) Portar en el arma solamente dos cartuchos.
g) Cazar siempre a la vista del juez de campo y en su
exclusiva compañía. En el caso de indisposición
del juez para acompañar al participante al ritmo
que este marque durante la prueba, se solicitará
su sustitución bien por mensaje o acompañando
al juez hasta el control.
h) Rehusar cualquier conversación o contacto
verbal, excepto saludo, durante el desarrollo de la
prueba, con personas ajenas a la competición
excepto prensa debidamente identificada.
i) Informar a la organización de cuantos asuntos
se le soliciten relacionados con el desarrollo de la
prueba y de aquellos otros que observe o considere sobre
la actuación de su juez y de otros jueces y participantes.
j) Cazar únicamente las especies cinegéticas
permitidas en la prueba y en la cuantía que se
determine.
k) Actuar en todo momento con deportividad ética-cinegética
y respeto y colaboración con la organización,
el resto de competidores y los espectadores de la prueba.
Serán descalificados los participantes que no
cumplan alguno de los requisitos.
CAPITULO
V -CRITERIOS DE PUNTUACIÓN Y CLASIFICACIÓN
Art.15º PUNTUACIONES
El único órgano con potestad
para dar clasificación de la prueba es el Jurado
de Competición. Únicamente se computarán
como piezas validas las que hayan sido seleccionadas
para la prueba de entre las relacionadas en el artículo
13º. El cazador obtendrá únicamente
la puntuación que más adelante se indica
cuando la pieza haya sido abatida por tiro, cobrada
en presencia del Juez de Campo y entregada en control.
Solamente se computará una pieza por cada disparo
efectuado, aunque como consecuencia del mismo, sean
abatidas más de una.
El número máximo de piezas computables
no podrá ser en ningún caso superior al
número de disparos efectuados.
El Juez de Campo anotará en la ficha de control
cada disparo efectuado, indicando las piezas abatidas
y cobradas por cada tiro o si se ha fallado en el disparo.
El baremo de puntuación para cada pieza es el
siguiente:
ESPECIE
VARIACIONES
1) Perdiz..............................................................500
puntos
2) Becada............................................................500
puntos
3) Ánsar común...................................................500
puntos
4) Zorro................................................................500
puntos
5) Liebre..............................................................350
puntos
6) Conejo.............................................................350
puntos
7) Agachadizas....................................................200
puntos
8) Ánade real.......................................................200
puntos
9) Faisán..............................................................200
puntos
10) Avefría.............................................................150
puntos
11) Paloma torcaz..................................................150
puntos
12) Paloma bravía..................................................150
puntos
13) Tórtola común..................................................150
puntos
14) Codorniz..........................................................100
puntos
15) Paloma zurita...................................................100
puntos
BONIFICACIONES
No entrará en el cupo las piezas a abatir por
el perro sin disparo, y que no tengan muestra ostensible
de enfermedad, aun cuando éstas sólo puntuaran
con el 50 % del valor establecido.
PENALIZACIONES
De la puntuación obtenida con arreglo al baremo
anterior se descontarán los puntos obtenidos
por penalización con arreglo a este criterio:
25 puntos por cada minuto de retraso con que se presente
en control
-
La puntuación clasificatoria del concursante
será la diferencia entre la positiva de las capturas
más las bonificaciones y la negativa de las penalizaciones,
Si esa puntuación clasificatoria fuese negativa
se adjudicará al concursante cero puntos. Cuando
varios participantes obtengan la misma puntuación
se clasificará en primer lugar el cazador que
se haya presentado antes en el control.
CAPITULO
VI -JUECES Y JURADO DE COMPETICIÓN
Art.16º JUECES DE CAMPO
Los Jueces de Campo deberán reunir estos
requisitos:
1) Pertenecer con plenitud de derechos a alguna Sociedad
Federada de cazadores, según certificado acreditativo
emitido por la misma.
2) Tener licencia federativa en vigor.
3) No estar inhabilitado por resolución disciplinaria
firme.
4) Aceptar todas las Leyes, Reglamentos y normas concordantes
que regulen la prueba en la que se actúe.
5) Ser seleccionado para juzgar la prueba por el participante
o la federación autonómica
correspondiente, responsabilizándose de su capacidad
o buena forma y conocimiento del Reglamento en vigor.
En el caso de no seguir al participante que le corresponda
(teniendo que ser este juez sustituido), el Jurado de
la Prueba podrá restar hasta el 50% de los puntos
obtenidos al participante que ha traído al juez
sustituido, excepto por enfermedad o accidente. La función
del Juez de Campo consistirá en acompañar
al cazador durante toda la prueba, velando por el estricto
cumplimiento de este Reglamento.
Anotará sobre la ficha de control todos los datos
que se contemplan en la misma referidos a la actuación
del cazador durante la prueba.
Transportará
hasta el control, si no se recoge antes por algún
coche de la organización, las piezas no computables
que hayan sido cobradas durante la cacería, bien
por capturarse sin disparo, por el perro, el cazador
o el propio juez.
En
el caso de no encontrarse facultado para seguir al participante,
al ritmo que este marque durante la competición,
solicitara del Jurado de Competición su relevo
por mensaje o en otro caso acompañado del cazador
hasta el control para ser relevado.
El
Juez de Campo, podrá descalificar justificadamente
y de forma provisional al cazador por incumplimiento
de este reglamento, presentándose seguidamente
al Jurado de Competición para informar de los
motivos que dieron lugar a la descalificación.
Art.
17º JURADO TÉCNICO
El Jurado Técnico es el único
órgano competente de la organización de
cualquier prueba de Caza Menor con Perro para dirimir
el salvajismo o no, de las especies susceptibles de
puntuación.
Estará
compuesto por más de un miembro y se designará
por la organizadora de entre personas de reconocido
prestigio cinegético y técnico competentes
conocedores de la fauna.
Realizarán
sobre las especies cuantas pruebas técnicas consideren
al objeto de dar su veredicto al Jurado de la Competición
de forma inmediata.
Actuarán
en los campeonatos recibiendo en el control las especies
que porta el cazador junto con la ficha de control del
Juez de Campo sobre la que certificarán la computabilidad
de las piezas susceptibles de puntuación, que
entregarán seguidamente al jurado junto a la
citada ficha.
Art.
18º JURADO DE LA COMPETICIÓN
La entidad organizadora de la prueba designará
el Jurado de la Competición que será la
máxima autoridad de la prueba y único
órgano competente para resolver cuantas incidencias
se refieran al campeonato.
Antes
del comienzo de la prueba se dará a conocer la
composición del jurado que se conformará
por tres a siete miembros, uno de los cuales será
designado Director de la Competición.
Las
decisiones del Jurado se adoptarán por mayoría
de votos y en caso de empate decidirá el Director
de la Competición.
Los
participantes, jueces de campo y personal colaborador
de la organización acomodarán su actuación
a este reglamento y a la interpretación que del
mismo y sus normas reguladoras haga el Jurado de Competición.
Se
procurará que en el Jurado de Competición
estén representados distintas entidades y estamentos
federativos.
Todas
las reclamaciones a la prueba serán realizadas
por escrito y fechadas y firmadas por el reclamante.
No se aceptarán las reclamaciones que sean presentadas
después de pasados veinte minutos desde la lectura
del acta provisional.
Las
reclamaciones se presentarán al Jurado de Competición
que resolverá de forma inmediata, siendo inapelable
su decisión.
Cuando
alguna actitud, incidencia o reclamación, presuponga
la posibilidad de que, el o los afectos, puedan encontrarse
incursos en cuanto determina el Régimen Disciplinario
Deportivo de la F.E.C., el Jurado de Competición
pasará informe a la entidad organizadora, que
iniciará, en base al mismo y de forma inmediata,
el correspondiente expediente informativo. El Jurado
de la Competición redactará el acta de
la prueba, en el modelo que se adjunta en anexo, donde
se refleja la clasificación de participantes
e incidencias de la prueba. El acta será firmada
por todos los componentes y remitida junta a las fichas
de control a la entidad organizadora.
CLÁUSULA DEROGATORIA
Queda derogado el anterior Reglamento de Caza Menor
con Perro y todas las normas reguladoras del mismo editadas
en fecha anterior a la aprobación de este Reglamento
por la Asamblea General de la Federación Española
de Caza.
DILIGENCIA
DE APROBACIÓN
El presente Reglamento ha sido aprobado por la Asamblea
General de la Federación Española de Caza,
en sesión celebrada en Madrid, a diecinueve de
abril de mil novecientos noventa y uno.
Con fecha 1 de octubre de 1999, la Comisión Delegada
de la Asamblea General aprobó las modificaciones
y aclaraciones que han sido ya introducción,
en la presente edición, de acuerdo con las necesidades
que la aplicación de este Reglamento han dejado
patente en los 8 años de vigencia.
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