REGLAMENTO
CAPITULO
I OBJETO DEL CAMPEONATO
ARTICULO
I.
El Campeonato de España de Caza con Perdía con Reclamo
Macho, es una prueba deportiva, de ámbito nacional que tiene
por objeto:
a)
Premiar al cazador federado cuyo reclamo se distinga por su variedad
de canto para atraer a la “plaza” a sus congéneres
durante la prueba, así como su estampa, habilidad, nobleza
y valentía.
b) Dar a conocer a aficionados y extraños esta tradicional
modalidad de caza, que se remonta a tiempos bíblicos.
CAPITULO
II BASES DEL CAMPEONATO
ARTICULO
II.
Podrán
participar solamente los cazadores federados inscritos en las federaciones
que se encuentren debidamente registradas y adscritas a la Federación
Española de Caza.
ARTICULO
III.
Las perdices usadas como “campo” pueden ser machos y
hembras y procedentes de granjas debidamente autorizadas y con las
suficientes garantías de sanidad, pureza de raza, alimentación
y encelamiento con la antelación debida a la celebración
del Campeonato.
CAPITULO
III FASES, FECHAS Y NUMERO DE PARTICIPANTES
ARTICULO
IV.
Se dividen en cuatro (4). Dadas las características especiales
de esta modalidad, habrán de celebrarse fases locales, provinciales,
autonómicos y nacional. Todas las fases habrán de
estar sujetas en fechas al calendario del inmediato superior.
ARTICULO
V.
En la fase social podrán celebrarse los campeonatos en fases
previstas o bien a lo largo de la temporada, por el sistema de puntuación
constante y eliminatoria, accediendo a la fase provincial el campeón
de cada sociedad. Los campeones de la fase provincial al autonómico
y los de estos últimos al nacional.
ARTICULO
VI
El Campeonato Nacional se celebrará, salvo circunstancias
que lo impidan el último fin de semana del mes de Febrero
de cada año.
Las tres fases anteriores, local, provincial y autonómica
se celebrarán sucesivamente con tiempo suficiente para que
en la fecha anterior hayan sido seleccionados los reclamos a competir
en la final del Campeonato de España.
El número de participantes autonómicos en el Campeonato
de España será el siguiente:
1. Uno por Comunidad Autónoma.
2. Tantos participantes más por Comunidad que resulten de aplicar la siguiente formula:
B (D – C)
X = ------------- en la que
A
X = Número de participantes que corresponden a la Comunidad.
A = Suma de totalidad de licencias federativas de las Comunidades a intervenir.
B = Número de licencias federativas de cada Comunidad.
C = Número de Comunidades a intervenir.
D = Número de participantes en el Campeonato.
3.
El Campeón del año anterior.
Si
en alguna Autonomía, no ha existido campeonato en una o varias
provincias, el número de licencias federativas de las mismas
nos computarán para la aplicación de la formula.
CAPITLO
IV DESARROLLO DE LAS PRUEBAS
ARTICULO
VII.
Todas las fases de los campeonatos habrán de celebrarse necesariamente
en “escenarios naturales” lo más aproximado posible
a los reales que se utilizan para la práctica de esta caza,
cerrando la casi totalidad de la demarcación con malla metálica
recubierta de monte por la parte interior que da a la “plaza”
y cuya dimensión en altura será de 70 centímetros
aproximadamente.
ARTICULO
VIII.
La plaza debe simularse a imagen aproximada de las naturales, introduciéndose
matas de monte bajo y claro, obligando al reclamo a hacer más
laborioso su trabajo.
Para la suelta de campo se dispondrá dos trampillas paralelas
y enterradas de material poco sonoro y a 5 metros de distancia del
pulpiltillo accionables fácilmente desde el puesto de jueces.
ARTICULO
IX.
El colgadero, postero o pulpitillo del reclamo, será fijo,
camuflado convenientemente e igual para todos los reclamos, aunque
se concederá al postor tapar el pájaro más
o menos, así como la altura.
ARTICULO
X.
El puesto de tollo o cazador, se situará en lugar conveniente,
donde no se molesten la entrada de los del “campo”,
debidamente camuflado e igual y único para todos los participantes.
El cazador podrá usar banquillo, escopeta y la munición
propia, todo ello de acuerdo con las disposiciones vigentes o las
normas que se deriven de correcciones de este Reglamento o acuerdos
adoptados con los jueces y jurado de la prueba.
Previamente se realizará un sorteo para establecer el orden
d participación.
Los participantes no podrán levantarse ni hablar al Reclamo.
CAPITULO
V JURADO, JUECES Y ORGANIZACIÓN.
ARTICULO
XI.
El jurado estará compuesto para la Final del Campeonato de
España por el Presidente o representante de la Federación
Española de Caza que ostentará el cargo de Presidente
de Jurado, y serán vocales cada uno de los Presidentes o
representantes de las Federaciones Autonómicas participantes.
En las fases Autonómicas el Presidente del jurado será
el Presidente o representante de la Federación de dicha autonomía
y los vocales los Presidentes o representantes de las provincias
participantes.
En las Uniprovinciales será el Presidente del Jurado el Presidente
o representante de dicha Federación y los vocales en un mínimo
de cinco (5) se escogerán entre los Presidentes de las Sociedades
participantes.
Para las fases provinciales se compondrá el jurado por el
delegado de Competiciones o Directivo en quien delegue o Secretario
de la Federación y un mínimo de cinco (5) Presidentes
o representantes de Sociedades participantes.
En los campeonatos locales será la Junta Directiva la que
actúe de jurado, bajo la supervisión del Presidente
o vocales en quien delegue.
Una vez clasificados los reclamos en el Campeonato Autonómico,
las jaulas de los que les corresponda competir en el Nacional serán
debidamente precintados en ese momento.
Los precintos serán suministrados por la Federación
Española de Caza, y la violación de cualquiera de
ellos, comprobado por el Jurado, impide la participación
del reclamo en el Campeonato Nacional.
El Jurado habrá de vigilar constantemente el desarrollo del
Campeonato, más allá de lo que pertenezca a la prueba
en si, si en ellos se sucedieran escenas o hechos que menoscabaran
las posibilidades o aumentarán las virtudes de los reclamos.
Igual que los participantes, ocuparán lugares destacados
e incluso separados para una mejor labor de gestión, orden
y decisiones, pero siempre en lugar alejado para no molestar con
su presencia a los pájaros “puestos”. Solo podrán
intercambiar impresiones con los jueces en los descansos o intermedios
de retirada o posturas.
ARTICULO XII.
Los jueces serán un mínimo de dos (2) en las fases
locales y provinciales y un mínimo de tres (3) en las fases
autonómicas y nacional, los cuales deberán estar debidamente
acreditados. La designación será realizada por la
Comisión Nacional para el Campeonato de España; para
el Autonómico y Provincial por la Federación correspondiente
y para los locales por las Sociedades.
Los jueces del Campeonato de España serán nombrados,
salvo circunstancias que lo impidan, de forma rotativa de las diferentes
autonomías.
La situación de los jueces será en puesto debidamente
camuflado, lo más lejano del cazador y situado en lugar desde
donde se distingan perfectamente las faenas y trabajo del Reclamo.
Los jueces dispondrán de cartulinas impresas donde se puntuará
la faena del pájaro y el comportamiento del cazador.
Los jueces y componentes del Jurado, no podrán participar
en los Campeonatos que actúen como tales, ni sus pájaros
podrán ser presentados por otros aficionados.
ARTICULO
XIII.
Las comisiones organizadoras se compondrán por:
La
Federación Española de Caza, Federación Autonómica
o la Delegación Provincial y la Sociedad de Cazadores para
la final del Campeonato de España.
Para
las fases Autonómicas y Provinciales, la Federación
Autonómica, la Delegación Provincial y la Sociedad.
Y para la fase local la Sociedad de Cazadores.
CAPITULO
VI TIEMPOS DE POSTURAS, PUNTOS Y PENAS
ARTICULO
XIV.
Una
vez situado el pájaro, y habiendo el cazador ocupado su puesto,
el juez cronometrador medirá el tiempo que estará
dividido en los siguientes ciclos POR UN TOTAL DE 30 MINUTOS MÁXIMO.
Tiempo
hasta la salida 5 minutos, quedando descalificado el que sobrepase
dicho tiempo, suelta del “campo” a los 10 minutos de
trabajo. Los jueces podrán acortar o alargar el lance y trabajo
del reclamo por causas de saltos o sustos, silencio, tiempo de canto
o sonidos no emitidos, condiciones atmosféricas, etc.
Para
las fases Autonómicas y Nacional después de abatido
el macho, carga del tiro y levantada de campo se procederá
a la suelta de una hembra la cual puntuará con los criterios
del macho excepto en su abatimiento quedando este a criterio del
cazador, todo ello en un tiempo máximo de treinta minutos.
En la salida se penalizará con un punto por minuto perdido
o de silencio.
CAPITULO
VII DIRECTOR, PARTICIPANTES Y PUBLICO.
ARTICULO XV.
Por
la Federación Española de Caza, se nombrará
un Director del Campeonato que con la colaboración de la
Sociedad de Cazadores del lugar y la Federación Autónomica
tendrá como misión:
-
Recibir a los participantes y darles las instrucciones para el desarrollo
de la prueba.
- Sortear junto con Jurado, el orden de participación de
los concursantes y comunicarlo a los mismos, salvo que el sorteo
se hubiese realizado con anticipación.
- Resolver las dudas y reclamaciones o elevarlas al Jurado.
- Dar la orden de inicio del Campeonato y su finalización.
- Colaborar con los jueces dándoles las instrucciones que
fueran necesarias.
- Autorizar, la presencia de personas ajenas, en el lugar donde
se celebre el Campeonato, contando siempre con la opinión
de los jueces.
- Avisar, con tiempo suficiente, a cada participante del momento
que le corresponda intervenir.
- Facilitar en todo momento la labor de los jueces impidiendo, que
otras personas intervengan con sus opiniones a la hora de la calificación
de los participantes.
ARTICULO
XVI.
Los participantes serán avisados por el Director de la Prueba,
con el tiempo suficiente para que se preparen , con al menos 10
minutos de antelación a la postura de su pájaro, debiendo
estar retirados del campo de pruebas de modo y a distancia que su
presencia no moleste a los reclamos ni valga de extrañeza
a éstos durante su postura.
Han de tener ineludiblemente los pájaros del concurso suficientemente
“tapados” alejados o bien ocultos para evitar que con
sus cantos inciten a los reclamos que ocupen el colgadero.
Las salidas de los enjaulados que se consideren por el Jurado como
incitación intencionada, pueden dar lugar a penalizaciones
previas a la participación.
Los jueces llevarán estadillos diferentes tanto para el reclamo
como para el participante juzgandolos según baremo de este
Reglamento y proclamando campeones al Reclamo por un lado, y al
cazador por otro, pudiendo coincidir o no el mismo equipo Cazador
- pájaro.
ARTICULO
XVII. CLASIFICACIONES PARA EL PARTICIPANTE:
BONIFICACIONES
Llegada y presentación de 0 a 5 puntos
Vestimenta de 0 a 3 puntos
Colgar el pájaro de 0 a 5 puntos
Disparo
hasta 1,5 metros del pulpitillo 6 puntos
hasta 3 metros 4 puntos
hasta 4,5 metros 2 puntos
hasta 6 metros 1 punto
PENALIZACIONES
Si aletean 3 puntos
Si se fallan 6 puntos
ARTICULO
XVIII.
El público ocupará lugares lejanos al escenario o
lugar donde se celebran las pruebas y seguirá la misma a
través de CAMARAS DE TELEVISION DE CIRCUITO CERRADO, que
ha de disponer la Comisión Organizadora en las finales de
los Campeonatos Autonómicos y Nacionales.
Estas cámaras de televisión no serán necesarias
en las fases locales pero si aconsejables en las fases provinciales.
CAPITULO
VIII DE LAS PUNTUACIONES
Cada juez concederá un mínimo y un máximo de
puntos a cada pájaro participante, con arreglo al baremo
y comportamiento en cada fase de la faena según planilla
que se adjunta.
PLANILLA
SALIDA de 0 a 5
DE EMBUCHADA + 5
DE PIÑON + 5
DE PIE + 5
TRABAJO
CANTO DE MAYOR de 0 a 10
CANTO DE PIE de 0 a 10
PIÑONEO de 0 a 10
TITEO de 0 a 10
CLOQUEO de 0 a 10
AGUILEO de 0 a 5
MANDA A CALLAR de 0 a 5
MOVER CAMPO de 0 a 5
RECIBO
RECIBO AL ENTRANTE de 0 a 15
CARGA DEL TIRO de 0 a 10
LEVANTADA DE CAMPO de 0 a 10
ESTAMPA Y NOBLEZA de 0 a 5
PENALIZACIONES
TOMA ALAMBRE de 0 a 20
SE BOTA de 0 a 20
TOMA COPA de 0 a 20
PECHUGADA de 0 a 20
SE AGACHA de 0 a 20
REGAÑA de 0 a 20
CAPITULO
IX
ARTICULO
XIX.
Una vez recibidas las cartulinas de puntuaciones, el Jurad o actuará
de forma privada, para establecer por las sumas de los puntos totales
de los jueces, menos las penalizaciones, el orden clasificatorio
de cada pájaro.
El Director de la Prueba finalizada la misma, dará un plazo
de 15 minutos para recibir las reclamaciones por escrito, si antes
no se ha hecho.
Si pasado el tiempo concedido no se hubiera presentado reclamación,
se dará a conocer el acta de resultados, procediéndose
a la entrega de trofeos.
En
cualquier caso, la decisión del jurado es inapelable, salvo
cuando su constitución u otro defecto de forma u orden, invalidaran
sus acuerdos.
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