2008:
Andalucía, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria,
Castilla La Mancha, Castilla y León, Galicia,
La Rioja, Extremadura, Madrid, Murcia, Cataluña,
Valencia, Álava (País Vasco), Guipúzcoa
(País Vasco), Vizcaya (País Vasco), Navarra,
Aragon.
Media Veda: Castilla
y León
|
Órdenes
de Veda
Tras
la publicación de la Constitución Española
de 1.978 las Comunidades Autónomas han asumido
competencias exclusivas en materia de caza. Por ello muchas
de ellas cuentan ya con su propia ley de caza que sustituye
en su territorio a la Ley de Caza de 1.970. Pero además
de su ley de caza, publican anualmente una Orden Anual
de Vedas donde se recogen entre otras materias las fechas
de apertura y cierre de la temporada de caza, las especies
cazables, los cupos de captura, las limitaciones a la
práctica de la actividad cinegética etc…
Además de estas Ordenes de Veda publican otra serie
de textos legales relacionados con la actividad cinegética
que hay que conocer. Para estar totalmente al día
de esta legislación, hemos establecido conexiones
con las páginas de cada Comunidad Autónoma
que recogen estos textos legales. |